Tarifa plana de autónomos: requisitos, duración y cómo pedirla

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La tarifa plana de autónomos es una cuota reducida de 80 € al mes durante los primeros 12 meses de actividad, prorrogable otros 12 si tus rendimientos netos son inferiores al salario mínimo interprofesional. Con el MEI, el recibo real ronda los 88 € al mes. Debes pedirla al darte de alta.

Esta guía explica quién puede acogerse, cuánto paga de verdad un autónomo con tarifa plana, cómo funciona la prórroga y qué ocurre cuando termina. Forma parte de nuestra sección de cuota y Seguridad Social.

Actualizado el 20 de septiembre de 2026 · Por Marcos · Basado en fuentes oficiales, enlazadas al final del artículo

Qué es y qué dice la ley

La tarifa plana es la cuota reducida por inicio de actividad que regula el artículo 38 ter de la Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo. Establece que los autónomos que causan alta por primera vez, o que no han estado de alta en los dos años anteriores, cotizan una cuota reducida por contingencias comunes y profesionales durante los doce meses naturales completos siguientes a la fecha de efectos del alta.

En ese período quedan excepcionados de cotizar por cese de actividad y formación profesional. La cuantía la fija cada año la Ley de Presupuestos: entre 2023 y 2025 fue de 80 euros mensuales, según el Real Decreto-ley 13/2022. En 2026, con los presupuestos prorrogados, se mantiene la cuota reducida de 80 euros.

Cuánto se paga en 2026

La cuota reducida es de 80 € al mes. A esa cantidad se suma el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI, un 0,9 %), con lo que el recibo mensual real se sitúa en torno a los 88 €. Es el importe orientativo que verás en tu cuenta: confírmalo en Import@ss antes de solicitar el alta, porque la cuantía se fija cada ejercicio.

Requisitos

Para acogerte a la tarifa plana necesitas:

  • Alta inicial en el RETA o no haber estado de alta en los dos años anteriores, a contar desde la fecha de efectos del alta. Son tres años si ya disfrutaste de la tarifa plana en un alta anterior.
  • Solicitarla en el momento del alta. La ley exige que la petición se haga al darte de alta en el RETA. Si no la marcas, puedes perder el derecho.

Cuánto dura y la prórroga

  1. Primer período: doce meses naturales completos desde la fecha de efectos del alta.
  2. Prórroga de otros doce meses: si tus rendimientos económicos netos anuales son inferiores al salario mínimo interprofesional anual. En 2026 el SMI es de 1.221 € al mes en 14 pagas, es decir, 17.094 € al año. Cuando el segundo período abarca parte de dos años, el requisito se comprueba en cada año.

Para la prórroga debes solicitarla antes del inicio del segundo período, acompañando una declaración de que tus rendimientos previstos serán inferiores al SMI.

Qué no cubre y qué efectos tiene

  • No cotizas por cese de actividad ni por formación profesional durante el primer período. Como consecuencia, no tienes cobertura de la prestación por cese de actividad en esos meses; si te interesa, puedes valorar cotizar voluntariamente.
  • Las prestaciones (baja por enfermedad, por ejemplo) se calculan con la base mínima del tramo inferior de la tabla general, no con tu cuota reducida. Lo verás en baja por enfermedad siendo autónomo.
  • No se regulariza durante el primer período. Si en el segundo período tus rendimientos superan el SMI, sí se regulariza la diferencia.

Cómo solicitar la tarifa plana

Al darte de alta en el RETA en Import@ss, marca la opción de cuota reducida. Los pasos completos del alta están en nuestra guía para darse de alta como autónomo y en alta de autónomo online.

  • Renunciar: puedes renunciar por escrito a la tarifa plana, con efectos desde el primer día del mes siguiente.
  • Baja durante la tarifa plana: si te das de baja, pierdes el derecho a la reducción durante el tiempo que quedara.

Cuando termina la tarifa plana

Después de los 12 meses (o de la prórroga) pasas a cotizar según tus rendimientos netos, en uno de los 15 tramos. Consulta la cuota de autónomos 2026 para ver cuánto pagarías y usa la calculadora de cuota con tus cifras. Conviene elegir el tramo con antelación, porque la cuota puede multiplicarse por más de dos.

Errores frecuentes

  1. No marcar la tarifa plana al hacer el alta. Pedirla después es complicado.
  2. Darse de baja y alta poco tiempo después creyendo que se puede repetir. Hay que respetar los dos años (tres si ya la disfrutaste).
  3. No prever el salto de cuota al terminar la reducción.
  4. Confundir la tarifa plana con la de otras ayudas autonómicas, que son distintas.
  5. Olvidar solicitar la prórroga antes de que acabe el primer año.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto es la tarifa plana de autónomos en 2026?

80 € al mes de cuota reducida, más el MEI, que deja el recibo en torno a 88 €.

¿Cuánto dura la tarifa plana?

Doce meses, más otros doce si tus rendimientos netos son inferiores al SMI anual.

¿Puedo pedir la tarifa plana si ya fui autónomo antes?

Solo si llevas al menos dos años sin estar de alta en el RETA, o tres si ya la disfrutaste.

¿La tarifa plana incluye la cobertura de cese de actividad?

No. Durante el primer período quedas excepcionado de cotizar por cese de actividad y formación profesional.

¿Se puede pedir después de darme de alta?

La ley exige solicitarla en el momento del alta. Por eso conviene marcarla en ese trámite.

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Fuentes oficiales consultadas

Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento profesional sobre tu caso concreto. Las cifras y los plazos pueden cambiar: contrástalos siempre con la fuente oficial.

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