Autónomo en Canarias: guía fiscal completa (IGIC, modelo 420 y más)

InicioAutónomos en CanariasAutónomo en Canarias: guía fiscal completa (IGIC, modelo 420 y más)

Un autónomo en Canarias cotiza a la Seguridad Social y tributa por IRPF igual que en el resto de España, pero en lugar de IVA aplica el IGIC, el impuesto general indirecto canario, y lo declara con el modelo 420 ante la Agencia Tributaria Canaria. Desde el 1 de julio de 2026, los autónomos con un volumen de operaciones de hasta 50.000 euros pueden quedar exentos de repercutir IGIC en el régimen del pequeño empresario.

Esta guía reúne lo esencial para empezar y para cumplir: qué cambia, qué modelos presentas, los tipos del IGIC y cuándo te conviene el régimen del pequeño empresario. Es la guía principal de nuestra sección de autónomos en Canarias.

Actualizado el 20 de septiembre de 2026 · Por Marcos · Basado en fuentes oficiales, enlazadas al final del artículo

Qué cambia si eres autónomo en Canarias

AspectoEn CanariasEn la península
Impuesto indirecto sobre ventasIGIC (impuesto general indirecto canario)IVA
Modelo trimestralModelo 420, ante la Agencia Tributaria CanariaModelo 303, ante la Agencia Tributaria
Resumen anualModelo 425Modelo 390
Declaración censalModelo 036 (AEAT) y, para el IGIC, modelo 400 (ATC)Modelo 036
IRPFIgual: modelo 130 y declaración de la renta estatalIgual
Seguridad SocialIgual: cuota del RETA, tramos y tarifa planaIgual
Diferencias principales para un autónomo canario.

Lo que no cambia: la cuota de autónomos, la tarifa plana, el IRPF, las retenciones de los profesionales y el resto de obligaciones fiscales estatales. Consulta la cuota de autónomos 2026 y el modelo 130, que se aplican igual.

El IGIC: tipos de gravamen

Los tipos los fija la Ley 4/2012 de Canarias (artículo 51):

TipoSe aplica a
0 %Agua, pan, harinas, gofio, leche, quesos, huevos, frutas, verduras, carnes y pescados sin transformar, entre otros
3 % (reducido)Energía eléctrica, prendas de vestir, calzado y otros bienes y servicios que enumera la ley
5 % (reducido)Determinadas entregas de bienes del artículo 54 bis
7 % (general)Todo lo que no tiene un tipo específico: la mayoría de servicios y ventas
9,5 % (incrementado)Determinados vehículos, embarcaciones y su ejecución de obra, entre otros
15 % (incrementado)Joyas, bebidas espirituosas y cigarros de precio elevado, entre otros
20 % (especial)Determinados bienes señalados en el artículo 57
Tipos del IGIC. El detalle de qué bienes y servicios entran en cada tipo está en la ley.

Para la mayoría de profesionales y pequeños negocios, el tipo que verás en sus facturas es el 7 %. Calcula cualquier importe con la calculadora de IVA e IGIC y profundiza en la guía de IGIC para autónomos.

Darte de alta en Canarias

Los pasos son los mismos que en la península, con un trámite añadido:

  1. Alta en el RETA en Import@ss, como explicamos en cómo darse de alta como autónomo.
  2. Alta en Hacienda con el modelo 036 (IRPF y censo estatal).
  3. Declaración censal del IGIC con el modelo 400 ante la Agencia Tributaria Canaria. Ahí también comunicas si te acoges al régimen del pequeño empresario.

El régimen del pequeño empresario o profesional (REPEP)

Es un régimen especial del IGIC pensado para autónomos con poca facturación. Según la Agencia Tributaria Canaria:

  • Aplica a empresarios y profesionales personas físicas establecidos en Canarias.
  • El límite es un volumen de operaciones de 50.000 euros en el año natural anterior, sumando todas tus actividades.
  • Si cumples los requisitos, las operaciones que realices en Canarias quedan exentas de IGIC: no repercutes IGIC en tus facturas y, a cambio, no deduces el IGIC de tus compras.
  • Se comunica en el modelo 400.

Puedes ver todos los detalles en régimen del pequeño empresario en IGIC. Si estás dentro, tus facturas incluyen la mención «Exención franquicia fiscal».

El modelo 420 y el resumen anual

Si estás en el régimen general del IGIC, presentas el modelo 420 cada trimestre. Los plazos son del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y el último trimestre en el mes de enero, junto con el resumen anual (modelo 425). Los pasos están en modelo 420 paso a paso. Recuerda también tus modelos de IRPF, que siguen el calendario fiscal del autónomo.

Facturar desde Canarias

  • A clientes de Canarias: facturas con IGIC (o con la mención de exención si estás en el REPEP).
  • A empresas de la península o de la UE: los servicios a empresas suelen estar localizados en el lugar del cliente, por lo que normalmente no llevan IGIC. Hay reglas específicas según el tipo de servicio y de cliente, que explicamos en facturar desde Canarias.
  • Venta de bienes fuera de Canarias: intervienen aduanas y el IVA en destino.

Ayudas y particularidades

El Gobierno de Canarias tiene un plan de apoyo específico para autónomos, con medidas de conciliación, contratación, bajas por incapacidad e inversión. Puedes ver los anuncios oficiales en su portal de noticias. Además, el Régimen Económico y Fiscal de Canarias incluye otras figuras, como la Reserva para Inversiones en Canarias y la Zona Especial Canaria, que son de interés según el tamaño y el tipo de negocio.

Errores frecuentes

  1. Aplicar IVA en lugar de IGIC (o al revés) por copiar modelos de la península.
  2. Presentar el modelo 303 cuando tu impuesto es el IGIC.
  3. No presentar el modelo 400 al empezar o al cambiar de régimen.
  4. Acogerte al REPEP sin entender que pierdes la deducción del IGIC soportado.
  5. Dejar el modelo 425 y las obligaciones de enero para el último día.
  6. Confundir los tipos: el 7 % es el general, pero muchos bienes tienen tipos distintos.

Preguntas frecuentes

¿Los autónomos de Canarias pagan IVA?

No. Aplican IGIC, salvo en las operaciones que se localicen en territorio IVA.

¿Qué modelo presenta un autónomo en Canarias cada trimestre?

El modelo 420 del IGIC, además del modelo 130 del IRPF si está en estimación directa.

¿Cuál es el tipo general del IGIC?

El 7 %.

¿Cuánto es el límite del régimen del pequeño empresario?

50.000 euros de volumen de operaciones en el año anterior, según la Agencia Tributaria Canaria.

¿La cuota de autónomos es distinta en Canarias?

No. La cuota es la misma que en el resto de España.

Sigue leyendo


Fuentes oficiales consultadas

Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento profesional sobre tu caso concreto. Las cifras y los plazos pueden cambiar: contrástalos siempre con la fuente oficial.

Scroll al inicio