Cómo facturar a clientes de la UE: operaciones intracomunitarias y ROI

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Cuando un autónomo español presta servicios a una empresa de otro país de la UE, la factura suele emitirse sin IVA español, con el NIF-IVA del cliente y la mención «inversión del sujeto pasivo», y hay que declarar la operación en el modelo 349. Para ello debes estar dado de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI).

Aquí explicamos el proceso paso a paso: alta en el ROI, comprobación del NIF-IVA, contenido de la factura, declaración en el 303 y en el 349, con un ejemplo. Forma parte de nuestra sección de facturación. Si estás en Canarias, mira antes facturar desde Canarias.

Actualizado el 20 de septiembre de 2026 · Por Marcos · Basado en fuentes oficiales, enlazadas al final del artículo

Servicios y bienes: dos reglas distintas

  • Servicios a empresas o profesionales de la UE (B2B): se entienden prestados en el país donde está establecido el cliente. Por eso no llevan IVA español: el cliente autoliquida el IVA en su país mediante la inversión del sujeto pasivo.
  • Entregas de bienes a empresas de la UE: son entregas intracomunitarias exentas si el cliente es un empresario con NIF-IVA válido y los bienes salen de España hacia otro Estado miembro. Lo relevante es que el cliente esté identificado a efectos de IVA en otro Estado miembro.
  • Ventas a particulares de la UE: tienen reglas diferentes, con umbrales y ventanilla única para el comercio electrónico.

Esta guía se centra en el caso más habitual entre autónomos: servicios a empresas europeas, como programadores, diseñadores, consultores o traductores.

Paso 1: alta en el ROI

Para facturar operaciones intracomunitarias sin IVA debes constar en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI). Se solicita en el modelo 036, al darte de alta o mediante una modificación. Sin el ROI, la factura no podría emitirse en estas condiciones. Conviene pedirlo desde el principio si sabes que vas a tener clientes europeos.

Paso 2: comprueba el NIF-IVA de tu cliente

Antes de facturar sin IVA, asegúrate de que tu cliente tiene un número de identificación a efectos de IVA válido. Puedes comprobarlo en el sistema VIES de la Comisión Europea. Guarda una captura de la verificación: es tu prueba de que la operación es una operación entre empresarios.

Paso 3: qué lleva la factura

  • Sin IVA español.
  • NIF-IVA del cliente, con el prefijo de su país, y el tuyo.
  • Mención «inversión del sujeto pasivo», obligatoria cuando el destinatario es quien debe ingresar el impuesto.
  • Los demás datos de toda factura: número correlativo, fecha, datos y domicilio de emisor y cliente, descripción y base imponible. Mira cómo hacer una factura de autónomo.
  • Sin retención de IRPF, salvo que corresponda por otro motivo: la retención solo aplican los clientes obligados a retener en España.

Puedes emitirla en euros o en la moneda acordada con el cliente, indicando el tipo de cambio.

Ejemplo: factura de un programador a una empresa alemana

ConceptoDetalle
EmisorProgramador autónomo con NIF español, inscrito en el ROI
ClienteEmpresa de Alemania con NIF-IVA válido (DE…)
DescripciónDesarrollo de software, 80 horas × 50 €
Base imponible4.000,00 €
IVANo se repercute
Mención«Inversión del sujeto pasivo»
Total a cobrar4.000,00 €
Factura de un servicio a una empresa de la UE.

Es una operación en la que no cobras IVA. Sí cuenta en tus ingresos para el IRPF y para el modelo 130.

Cómo se declara

  • Modelo 303: la operación no lleva IVA, pero se refleja en el apartado de información adicional del modelo 303, como operación no sujeta por reglas de localización.
  • Modelo 349: es la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. En ella informas de los clientes de otros países de la UE a los que has prestado servicios o entregado bienes. Se presenta trimestralmente en los mismos plazos que el 303: abril, julio, octubre y enero. La periodicidad mensual se aplica cuando el volumen de operaciones supera ciertos límites.

Cuando compras servicios a proveedores de la UE

Si eres tú quien contrata a un proveedor europeo, te facturará sin IVA y tú autoliquidas el IVA en tu modelo 303: lo declaras como devengado y, si te corresponde, como deducible. Es el reverso de la inversión del sujeto pasivo, y es frecuente con herramientas de software, publicidad online o servicios profesionales.

Errores frecuentes

  1. Facturar sin IVA a un cliente sin NIF-IVA válido.
  2. No estar en el ROI y descubrirlo al primer cliente.
  3. Olvidar la mención «inversión del sujeto pasivo».
  4. No presentar el modelo 349.
  5. No comprobar el NIF-IVA en el VIES o no guardar la comprobación.
  6. Confundir un cliente particular con una empresa: las reglas cambian.

Preguntas frecuentes

¿Hay que cobrar IVA a un cliente europeo?

Si es una empresa o profesional con NIF-IVA válido y le prestas un servicio, normalmente no: el cliente lo autoliquida en su país.

¿Qué es el ROI?

El Registro de Operadores Intracomunitarios. Es necesario para realizar operaciones intracomunitarias sin IVA.

¿Qué es el modelo 349?

La declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, con los clientes y proveedores de la UE con los que has operado.

¿Y si mi cliente está fuera de la UE?

Las prestaciones de servicios a empresas de fuera de la UE tampoco llevan IVA español en general, pero las reglas de localización varían. Consulta la normativa aplicable y, si dudas, a un profesional.

¿Se aplica retención de IRPF a un cliente extranjero?

Normalmente no, porque la retención la practican los obligados a retener en España.

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Fuentes oficiales consultadas

Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento profesional sobre tu caso concreto. Las cifras y los plazos pueden cambiar: contrástalos siempre con la fuente oficial.

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