Cómo facturar desde Canarias a clientes de la península y de la UE

InicioAutónomos en CanariasCómo facturar desde Canarias a clientes de la península y de la UE

Desde Canarias, las facturas a clientes canarios llevan IGIC, y los servicios a empresas de la península o de la UE suelen facturarse sin IGIC porque se localizan en el lugar del cliente. La factura debe indicar el motivo, y el cliente declara el impuesto que le corresponda en su territorio.

Las reglas dependen de si vendes bienes o prestas servicios y de quién es tu cliente. Aquí las ordenamos con ejemplos y una tabla de decisión. Forma parte de nuestra sección de autónomos en Canarias. La información es general: para un caso concreto, contrasta con la Agencia Tributaria Canaria o con la Agencia Tributaria estatal.

Actualizado el 20 de septiembre de 2026 · Por Marcos · Basado en fuentes oficiales, enlazadas al final del artículo

Por qué es distinto facturar desde Canarias

Canarias queda fuera del territorio de aplicación del IVA de la UE y tiene su propio impuesto indirecto, el IGIC. Por eso una venta o un servicio desde Canarias hacia la península o la UE no se trata como una operación interior, sino según las reglas de localización de cada impuesto. Lo que importa es dónde se considera realizado el servicio o la entrega, no dónde estás tú.

Tabla de decisión rápida

Qué hacesQuién es tu clienteQué lleva la factura
Prestas un servicioEmpresa o profesional en CanariasIGIC (7 % en general), o exención si estás en el REPEP
Prestas un servicioEmpresa o profesional en la penínsulaNormalmente no sujeto a IGIC; el cliente declara el IVA con inversión del sujeto pasivo
Prestas un servicioEmpresa o profesional en la UENormalmente no sujeto a IGIC; el cliente declara el IVA en su país
Prestas un servicioParticular en CanariasIGIC
Prestas un servicioParticular en la península o la UEDepende del tipo de servicio; revisa las reglas de localización
Vendes bienesCliente en CanariasIGIC al tipo del bien
Vendes bienesCliente en la península o la UEExportación desde Canarias con trámites aduaneros; IVA en destino
Guía orientativa. Hay excepciones según el servicio.

Servicios a empresas y profesionales de fuera de Canarias

La regla general para servicios entre empresas es que se localizan donde está establecido el destinatario. Si tu cliente es una empresa de la península sin establecimiento en Canarias, esa prestación no está sujeta al IGIC. La Agencia Tributaria Canaria lo confirma, por ejemplo, para los servicios de comisión de un agente comercial facturados a una empresa peninsular sin establecimiento permanente en Canarias: quedan localizados fuera de Canarias y no sujetos al IGIC.

En la factura:

  • No incluyas IGIC ni IVA.
  • Indica el motivo: operación no sujeta por reglas de localización, y, en su caso, «inversión del sujeto pasivo» para que tu cliente autoliquide el IVA.
  • Incluye el NIF del cliente, y el NIF-IVA si es de otro país de la UE.
  • Mantén la numeración y los requisitos de una factura correcta.

Para clientes de otros países de la UE, además de la factura, comprueba las obligaciones de información que apliquen en cada caso. En la península, el proceso equivalente entre países está en facturar a clientes de la UE.

Servicios a clientes particulares

Para servicios a particulares (B2C) las reglas son más variadas: muchos servicios se localizan donde está el prestador, y otros donde está el cliente o donde se ejecutan. Antes de facturar, comprueba con la Agencia Tributaria Canaria qué regla aplica a tu servicio, sobre todo si vendes servicios digitales o eventos.

Venta de bienes

Enviar mercancías desde Canarias a la península o al extranjero supone una exportación: la venta está exenta de IGIC y se despacha en aduanas, con documentación como el DUA. En destino, el comprador paga el IVA de la importación. Para envíos y ventas online, revisa los requisitos aduaneros antes de vender.

Si estás en el régimen del pequeño empresario

Los servicios en Canarias están exentos de IGIC y la factura lleva la mención «Exención franquicia fiscal». Ojo: el REPEP no exime del IVA en operaciones localizadas fuera de Canarias, según aclara la propia Agencia Tributaria Canaria. Además, el volumen de operaciones que sirve para calcular el límite de 50.000 € incluye las facturas a clientes de fuera de Canarias.

Ejemplo

Una programadora en Santa Cruz de Tenerife, con clientes de tres tipos:

  1. Una pyme de La Laguna: factura con IGIC al 7 %.
  2. Una empresa de Madrid, sin establecimiento en Canarias: factura sin IGIC, con la mención de operación no sujeta por reglas de localización.
  3. Una empresa de Alemania: factura sin IGIC, con su número de identificación de IVA en la factura.

Todos los ingresos suman para su volumen de operaciones, aunque no lleven IGIC.

Errores frecuentes

  1. Facturar IGIC a empresas de la península cuando el servicio no está sujeto.
  2. No indicar el motivo de la no sujeción.
  3. No incluir el NIF del cliente, lo que dificulta justificar la operación.
  4. Aplicar el REPEP sin contar las facturas de fuera en el volumen de operaciones.
  5. Vender bienes sin gestionar la aduana.
  6. Asumir que Canarias y península funcionan igual por tener el mismo IRPF.

Preguntas frecuentes

¿Llevan IGIC las facturas a la península?

Los servicios a empresas o profesionales de la península suelen estar no sujetos a IGIC, porque se localizan donde está el cliente. Las ventas de bienes son exportaciones con trámite aduanero.

¿Qué pongo en la factura a un cliente de la UE?

Que la operación no está sujeta por reglas de localización, el NIF-IVA del cliente y los datos habituales de toda factura.

¿Qué pasa con el IVA?

El IVA del cliente (península o UE) lo declara él, normalmente por inversión del sujeto pasivo. Tú no lo repercutes.

¿Cuenta para el REPEP lo que facturo fuera de Canarias?

Sí. El volumen de operaciones incluye las operaciones no sujetas por reglas de localización.

¿Dónde consulto las reglas de localización de mi servicio?

En la Agencia Tributaria Canaria y en la Agencia Tributaria estatal, o con un profesional que trabaje con operaciones internacionales.

Sigue leyendo


Fuentes oficiales consultadas

Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento profesional sobre tu caso concreto. Las cifras y los plazos pueden cambiar: contrástalos siempre con la fuente oficial.

Scroll al inicio