El modelo 036 es la declaración censal con la que te das de alta, modificas tus datos o te das de baja en Hacienda como empresario o profesional. Se presenta antes de empezar la actividad, en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, y desde el 3 de febrero de 2025 es el único modelo: el 037 simplificado se suprimió.
Aquí verás cuándo presentarlo, las decisiones que tomas en el formulario y cómo evitar los errores que después obligan a corregirlo. Forma parte de nuestra sección de alta y trámites.
Actualizado el 20 de septiembre de 2026 · Por Marcos · Basado en fuentes oficiales, enlazadas al final del artículo
En este artículo
Qué es el modelo 036 y para qué sirve
Es la declaración que te incluye en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores. Con ella comunicas a Hacienda qué actividad vas a desarrollar, dónde, con qué régimen de IVA y método de IRPF y qué obligaciones tendrás (retenciones, operaciones con la UE, etc.). Se usa para tres cosas:
- Alta: al iniciar la actividad.
- Modificación: cuando cambian tus datos (domicilio, epígrafe, régimen de IVA, etc.).
- Baja: cuando cesas la actividad.
El modelo 037 ya no existe
La Orden HAC/1526/2024, de 11 de diciembre, suprimió el modelo 037 (declaración censal simplificada) con efectos desde el 3 de febrero de 2025. Los autónomos que antes lo usaban deben presentar ahora el modelo 036. Si lees en otra web que puedes usar el 037, esa información está desactualizada.
Cuándo se presenta
El alta se presenta antes de comenzar la actividad: antes de emitir tu primera factura o de hacer las primeras compras necesarias para arrancar. La fecha de inicio que indiques debe coincidir con la que declares en la Seguridad Social, como explicamos en cómo darse de alta como autónomo. Las modificaciones se comunican en el plazo de un mes desde que se produce el cambio.
Dónde y cómo se presenta
En la sede electrónica de la Agencia Tributaria, con certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico. Los pasos técnicos están en alta de autónomo online.
Las decisiones que tomas en el formulario
No hace falta rellenar cada casilla de memoria: lo importante es entender qué eliges en cada bloque.
| Bloque | Qué decides | Consejo práctico |
|---|---|---|
| Motivo de presentación | Alta, modificación o baja en el censo | Marca el alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores |
| Datos identificativos | NIF, nombre, domicilio fiscal y de la actividad | Usa el mismo domicilio que consta en tu NIF |
| Actividad económica | Epígrafe IAE, fecha de inicio y dirección | Elige el epígrafe con el buscador oficial |
| IVA | Régimen general, simplificado o exención | La mayoría de actividades tributan en régimen general |
| IRPF | Estimación directa simplificada u objetiva (módulos) | Consulta estimación directa o módulos |
| Pagos fraccionados | Si tendrás que presentar el 130 o el 131 | Sí, salvo que más del 70 % de tus ingresos lleven retención |
| Retenciones | Si vas a tener trabajadores, profesionales con retención o alquiler de local | Implica los modelos 111 y 115 |
| ROI | Registro de Operadores Intracomunitarios | Solicítalo si vas a facturar a empresas de otros países de la UE |
Si vas a trabajar con clientes europeos
Solicita la inscripción en el ROI desde el principio. Sin ella no puedes facturar operaciones intracomunitarias sin IVA. Lo desarrollamos en facturar a clientes de la UE.
Si trabajas en Canarias
Además del alta en el censo estatal, debes hacer los trámites del IGIC ante la administración tributaria canaria. Consulta la guía fiscal para autónomos en Canarias.
Qué documentos guardar
Descarga el justificante en PDF y guárdalo junto con la resolución de alta en el RETA. Te lo pedirán bancos, clientes y gestoría. Guarda también el número de referencia de la presentación.
Errores frecuentes
- Presentar el alta después de empezar a facturar.
- Fechas de inicio distintas en Hacienda y en la Seguridad Social.
- Elegir mal el epígrafe y las retenciones asociadas.
- No solicitar el ROI y descubrir el problema al primer cliente europeo.
- Marcar un régimen de IVA o método de IRPF sin entender las consecuencias. Cambiarlos después tiene plazos.
- No comunicar las modificaciones de domicilio o de actividad en el plazo de un mes.
Preguntas frecuentes
¿Sigue existiendo el modelo 037?
No. Se suprimió con efectos desde el 3 de febrero de 2025. Ahora se usa siempre el modelo 036.
¿Cuánto cuesta presentar el modelo 036?
Nada. La presentación es gratuita.
¿Puedo presentarlo sin certificado digital?
Sí, con Cl@ve o DNI electrónico. Sin identificación electrónica tendrás que pedir cita presencial.
¿Qué pasa si me equivoco al rellenarlo?
Se corrige con un modelo 036 de modificación. Hazlo cuanto antes, sobre todo si afecta a IVA o retenciones.
¿El 036 sirve también para darme de baja?
Sí. Se usa la opción de baja en el censo cuando cesas la actividad.
Sigue leyendo
- Cómo darse de alta como autónomo paso a paso en 2026
- Alta de autónomo online: cómo hacerla tú mismo con certificado digital o Cl@ve
- Epígrafes IAE: cómo elegir el correcto para tu actividad (con ejemplos)
- Estimación directa simplificada o módulos: cuál te conviene
- Cómo facturar a clientes de la UE: operaciones intracomunitarias y ROI
Fuentes oficiales consultadas
- Agencia Tributaria: modelo 036, declaración censal
- BOE: Orden HAC/1526/2024, supresión del modelo 037
- Agencia Tributaria: nota sobre la orden de modificación de declaraciones censales
- BOE: Real Decreto 1065/2007, reglamento de gestión tributaria
Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento profesional sobre tu caso concreto. Las cifras y los plazos pueden cambiar: contrástalos siempre con la fuente oficial.
