El modelo 390 es el resumen anual del IVA: recoge en un único documento las operaciones de todo el año que ya declaraste en los cuatro modelos 303. Se presenta en enero junto con el 303 del cuarto trimestre, con el mismo plazo: hasta el 30 de enero.
No introduces datos nuevos: sirve para que la Agencia Tributaria compruebe que lo declarado trimestre a trimestre cuadra con el total anual. Aquí tienes quién debe presentarlo, cómo se organiza y cómo revisarlo antes de enviarlo. Forma parte de nuestros contenidos sobre impuestos y modelos.
Actualizado el 20 de septiembre de 2026 · Por Marcos · Basado en fuentes oficiales, enlazadas al final del artículo
En este artículo
Qué es el modelo 390
Es una declaración informativa con datos del ejercicio completo: IVA devengado, IVA deducible, operaciones con otros países de la UE, volumen de operaciones y resultado del año. Si en algún trimestre cometiste un error, el resumen anual es el momento en que suele aflorar.
Quién tiene que presentarlo
La regla general es que lo presentan los sujetos pasivos de IVA que han presentado modelos 303 durante el año. Según la Agencia Tributaria, están exonerados de presentarlo:
- Quienes tienen período de liquidación trimestral, tributan solo en territorio común y realizan únicamente actividades en el régimen simplificado de IVA o arrendamientos de inmuebles urbanos.
- Los contribuyentes incluidos en el Suministro Inmediato de Información (SII).
Los exonerados no se libran de informar: declaran sus operaciones del ejercicio y el volumen de operaciones en una sección específica del modelo 303 del último período del año.
Si eres autónomo en régimen general, con actividades sujetas a IVA, lo normal es que sí debas presentar el 390. En caso de duda, revisa las instrucciones oficiales o consulta con la administración.
Plazo del modelo 390
El del ejercicio 2025 se presentó hasta el 30 de enero de 2026, con el 303 del cuarto trimestre. Para el ejercicio 2026 el plazo será el mismo, del 1 al 30 de enero de 2027, ajustado al siguiente día hábil si termina en fin de semana. Las fechas están en el calendario fiscal del autónomo.
Cómo se organiza el formulario
La Agencia Tributaria describe el modelo 390 en trece apartados. Los que más usa un autónomo son:
- Sujeto pasivo y devengo: tus datos y el año al que se refiere. Aquí marcas, si te corresponde, el registro de devolución mensual o el criterio de caja.
- Datos estadísticos: descripción de la actividad, epígrafe del IAE y si es empresarial o profesional.
- Operaciones en régimen general: el IVA devengado por tipos (21 %, 10 %, 4 %), las adquisiciones intracomunitarias y las operaciones con inversión del sujeto pasivo.
- IVA deducible: desglosado entre bienes y servicios corrientes y bienes de inversión, y según su origen: operaciones interiores, intracomunitarias o importaciones.
- Resultado de la liquidación anual: suma de los cuatro trimestres, compensaciones y devoluciones.
- Volumen de operaciones: total de entregas y prestaciones del año, con su desglose.
Si quieres entender de dónde salen los importes trimestrales, repasa el modelo 303 paso a paso.
Cómo cuadrar el 390 con tus modelos 303
Antes de presentarlo, comprueba estas coincidencias:
| Comprobación | Qué tiene que pasar |
|---|---|
| Base imponible y cuota devengada | La suma de las cuatro autoliquidaciones tiene que coincidir con el total del 390 por cada tipo |
| IVA deducible | La suma de las cuotas deducidas en los cuatro trimestres debe coincidir con el total anual |
| Resultado | El resultado del 390 debe ser la suma de los resultados del 303 de los cuatro trimestres |
| Volumen de operaciones | Debe ser coherente con tus facturas emitidas del año y con el modelo 347 |
Un truco práctico: guarda una hoja de cálculo con el resumen de cada trimestre (bases, cuotas, resultado). Al llegar a enero, el 390 es sumar cuatro columnas. Un programa de facturación lo hace por ti; los comparamos en mejores programas de facturación.
Si te equivocas en un 303 y ya presentaste el 390
Si detectas un error en una autoliquidación trimestral, presenta la autoliquidación complementaria o rectificativa del trimestre afectado y, si ya has presentado el resumen anual, una declaración sustitutiva del 390. Un 390 que no coincide con los 303 puede provocar un requerimiento. Los recargos posibles los explicamos en presentar un modelo fuera de plazo.
Preguntas frecuentes
¿Todos los autónomos tienen que presentar el modelo 390?
No todos, pero sí la mayoría de los que están en régimen general de IVA y presentan el 303. Están exonerados los de régimen simplificado o arrendamiento de inmuebles urbanos con periodo trimestral y los incluidos en el SII, entre otros supuestos.
¿Cuándo se presenta el modelo 390?
En enero, hasta el día 30, junto con el modelo 303 del cuarto trimestre.
¿Es lo mismo el modelo 390 que el 347?
No. El 390 resume el IVA del año; el modelo 347 informa de las operaciones superiores a 3.005,06 € con cada cliente o proveedor.
¿Se puede presentar el 390 en papel?
No. La presentación es electrónica.
¿Qué pasa si no lo presento?
Es una infracción por no presentar en plazo una declaración. Presentar por iniciativa propia antes de un requerimiento reduce la sanción a la mitad. Todos los importes están en presentar un modelo fuera de plazo.
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Fuentes oficiales consultadas
- Agencia Tributaria: Modelo 390, declaración resumen anual del IVA
- Agencia Tributaria: exonerados de la presentación del modelo 390
- Agencia Tributaria: contenido del modelo 390
- Agencia Tributaria: calendario del contribuyente 2026
Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento profesional sobre tu caso concreto. Las cifras y los plazos pueden cambiar: contrástalos siempre con la fuente oficial.
