El modelo 111 es la declaración trimestral de las retenciones de IRPF que has practicado a trabajadores y a profesionales. Lo presentas si has pagado nóminas o si has recibido facturas de profesionales con retención (un abogado, un diseñador, un asesor) y has retenido una parte del importe.
Si eres autónomo sin empleados y nunca pagas a otros profesionales con retención, no tienes que presentarlo. Esta guía explica cuándo aparece la obligación, cómo se calcula y cuáles son los plazos. Forma parte de nuestras guías de impuestos y modelos.
Actualizado el 20 de septiembre de 2026 · Por Marcos · Basado en fuentes oficiales, enlazadas al final del artículo
En este artículo
Qué es el modelo 111
Cuando pagas a alguien un rendimiento sujeto a retención, no le entregas el importe completo: retienes una parte del IRPF que le corresponde y la ingresas tú a Hacienda. El modelo 111 es la autoliquidación con la que ingresas esas retenciones.
Se declaran en él, entre otras, dos rentas que afectan a autónomos:
- Rendimientos del trabajo: los sueldos y salarios de tus empleados.
- Rendimientos de actividades económicas: los honorarios de profesionales a los que retienes. Por ejemplo, si contratas a un abogado o a un diseñador autónomo y su factura lleva retención del 15 %.
Quién tiene que presentarlo
Presentan el modelo 111 los autónomos y empresas que:
- Tienen trabajadores a los que practican retención.
- Reciben facturas de profesionales con retención y, por tanto, retienen y tienen que ingresar.
- Pagan determinados premios u otras rentas sujetas a retención.
No presentan el 111 los autónomos que solo tienen retenciones soportadas (las que te practican a ti tus clientes). Esas las declara tu cliente en su modelo 111 y a ti te sirven como pago a cuenta en el modelo 130 y en la renta.
Plazos del modelo 111
| Período | Plazo de presentación | Domiciliación |
|---|---|---|
| 1T (enero a marzo) | Del 1 al 20 de abril | Del 1 al 15 de abril |
| 2T (abril a junio) | Del 1 al 20 de julio | Del 1 al 15 de julio |
| 3T (julio a septiembre) | Del 1 al 20 de octubre | Del 1 al 15 de octubre |
| 4T (octubre a diciembre) | Del 1 al 20 de enero | Del 1 al 15 de enero |
Fíjate en que el 4T del 111 termina el 20 de enero, diez días antes que el 303 y el 130. Es el origen de muchos olvidos. Consulta todas las fechas en el calendario fiscal del autónomo. Las empresas grandes presentan mensualmente.
Cómo se rellena
El formulario del modelo 111 agrupa los datos por tipo de renta. Las casillas más habituales son:
- Rendimientos del trabajo dinerarios: casillas 01 (perceptores), 02 (importe de las percepciones) y 03 (importe de las retenciones).
- Rendimientos de actividades económicas dinerarios: casillas 07 (número de perceptores), 08 (importe de las percepciones) y 09 (importe de las retenciones).
- Casilla 28: total de la liquidación, es decir, la suma de todas las retenciones.
- Resultado a ingresar: la cantidad que pagas con el modelo.
Se pueden añadir otros apartados (en especie, premios, etc.) cuando corresponda.
Ejemplo: retención a un profesional
Una autónoma contrata a un abogado para un asunto y este le emite una factura de 1.000 € de honorarios, más IVA del 21 %, con retención de IRPF del 15 %.
Factura del profesional
- Honorarios (base imponible): 1.000,00 €
- IVA 21 %: 210,00 €
- Retención de IRPF 15 % sobre la base: −150,00 €
- Total a pagar al abogado: 1.060,00 €
La autónoma paga 1.060 € al abogado y ingresa los 150 € retenidos a Hacienda con el modelo 111 del trimestre. En la casilla 07 indica 1 perceptor, en la 08 los 1.000 € y en la 09 los 150 €. El IVA (210 €) lo deducirá en su modelo 303.
Al terminar el año, las retenciones de todos los trimestres se resumen en el modelo 190, que se presenta en enero o febrero.
Qué retención se aplica
- Profesionales: 15 % con carácter general. Los nuevos profesionales pueden aplicar el 7 % durante el año de inicio y los dos siguientes si cumplen los requisitos que explicamos en retención del 7 % para nuevos autónomos.
- Trabajadores: el porcentaje depende de las circunstancias personales y del salario. Lo calcula el programa de ayuda de la Agencia Tributaria o tu gestoría.
Errores frecuentes
- No presentar el 111 tras pagar a un profesional con retención. Es un ingreso que debes hacer aunque el cliente te haya pagado ya.
- Olvidar el 4T del 20 de enero.
- Confundir la retención practicada con la soportada. El 111 es de las que tú retienes a otros.
- Meter en el 111 los alquileres del local, que van en el modelo 115.
- No conservar las facturas y los justificantes de los profesionales.
Preguntas frecuentes
¿Un autónomo sin empleados tiene que presentar el modelo 111?
Solo si paga a profesionales que emiten factura con retención. Si nunca retienes a nadie, no presentas.
¿Cuánto es la retención de IRPF de un autónomo en la factura?
El 15 % con carácter general para profesionales, o el 7 % si eres nuevo autónomo y cumples los requisitos.
¿El modelo 111 se puede domiciliar?
Sí, con un plazo más corto: hasta el día 15 del mes de presentación.
¿Qué diferencia hay entre el 111 y el 190?
El 111 es trimestral; el 190 es el resumen anual de las retenciones de todos los trimestres.
¿Qué pasa si presento el 111 fuera de plazo?
Se aplican los recargos que explicamos en presentar un modelo fuera de plazo.
Sigue leyendo
- Modelo 115: qué es y cuándo presentarlo si alquilas un local
- Modelo 130: guía completa del pago fraccionado del IRPF
- Modelo 303: cómo rellenarlo paso a paso con un ejemplo práctico
- Calendario fiscal del autónomo 2026: todas las fechas clave
- Retención del 7 % para nuevos autónomos: cuándo puedes aplicarla
Fuentes oficiales consultadas
- Agencia Tributaria: Modelo 111, retenciones e ingresos a cuenta
- Agencia Tributaria: instrucciones del modelo 111
- Agencia Tributaria: obligaciones como retenedor
- BOE: Reglamento del IRPF (Real Decreto 439/2007)
Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento profesional sobre tu caso concreto. Las cifras y los plazos pueden cambiar: contrástalos siempre con la fuente oficial.
