Una factura de autónomo debe llevar, como mínimo, un número correlativo, la fecha, los datos y el NIF del emisor y del cliente, la descripción de la operación con su base imponible, el tipo de IVA y la cuota. Se emite en el momento de realizar la operación o, si tu cliente es empresario o profesional, antes del día 16 del mes siguiente.
Esta guía recoge los requisitos del Reglamento de facturación (Real Decreto 1619/2012), con un ejemplo completo, los casos especiales y los errores que más se repiten. Puedes descargar una plantilla de factura para autónomos. Forma parte de nuestra sección de facturación.
Actualizado el 20 de septiembre de 2026 · Por Marcos · Basado en fuentes oficiales, enlazadas al final del artículo
En este artículo
Datos obligatorios de una factura completa
Según el artículo 6 del Reglamento, toda factura debe contener:
- Número y, en su caso, serie. La numeración es correlativa dentro de cada serie.
- Fecha de expedición.
- Nombre y apellidos o razón social del emisor y del destinatario.
- NIF del emisor y, en algunos casos, del destinatario. El del destinatario es obligatorio, por ejemplo, en las entregas exentas a otro Estado miembro de la UE o cuando el destinatario es quien debe ingresar el impuesto.
- Domicilio del emisor y del destinatario.
- Descripción de las operaciones, con los datos necesarios para determinar la base imponible: importe, precio unitario sin IVA y descuentos que no estén ya incluidos.
- Tipo o tipos de IVA aplicados.
- Cuota tributaria repercutida, por separado.
- Fecha de la operación, si es distinta a la de expedición de la factura.
- Referencia a la exención, si la operación está exenta de IVA: el precepto de la ley o la indicación «operación exenta».
- Menciones especiales cuando proceden: «inversión del sujeto pasivo», «facturación por el destinatario», «régimen especial del criterio de caja», entre otras.
La retención de IRPF no forma parte de esta lista, pero conviene reflejarla en una línea aparte para que el cliente sepa cuánto te paga y cuánto ingresa por ti. Puedes ver cuándo se aplica en retención del 7 % para nuevos autónomos.
Plazo para emitir la factura
- Regla general: en el momento de realizarse la operación.
- Si el destinatario es empresario o profesional: antes del día 16 del mes siguiente al del devengo del impuesto, es decir, al de la operación.
Por ejemplo, un servicio prestado el 10 de marzo a una empresa puede facturarse hasta el 15 de abril. No conviene apurar: la factura determina en qué trimestre declaras el IVA en el modelo 303.
Numeración y series
- La numeración de cada serie debe ser correlativa, sin saltos.
- Puedes usar series distintas si hay razones que lo justifiquen (varios establecimientos, operaciones de distinta naturaleza).
- Es obligatoria una serie específica para las facturas rectificativas y para las facturas expedidas por el destinatario o por terceros.
- Es habitual incluir el año en el número, por ejemplo 2026-001.
Ejemplo de factura completa
Una diseñadora gráfica, en régimen general de IVA, factura a una empresa un servicio de diseño.
| Concepto | Detalle |
|---|---|
| Número y fecha | 2026-014, 12 de octubre de 2026 |
| Emisor | Laura Pérez García, NIF 00000000A, con su domicilio |
| Cliente | Estudio Ejemplo, S.L., NIF B00000000, con su domicilio |
| Descripción | Diseño de identidad visual: 25 horas × 40 € |
| Base imponible | 1.000,00 € |
| IVA 21 % | 210,00 € |
| Retención de IRPF 15 % | −150,00 € |
| Total a pagar | 1.060,00 € |
La retención del 15 % se calcula sobre la base imponible (1.000 €), no sobre el total con IVA. Puedes probar tus propios importes con la calculadora de IVA e IGIC.
Factura simplificada
La factura simplificada tiene un contenido más reducido y puede emitirse en estos casos:
- Cuando el importe no supera 400 €, IVA incluido.
- En facturas rectificativas.
- Cuando no supera 3.000 € con IVA incluido en actividades en las que tradicionalmente se han expedido tiques, como el comercio minorista o la hostelería.
Contiene número y serie, fecha, tus datos y NIF, el tipo de bienes o servicios, el tipo de IVA y el importe total. No incluye los datos del cliente. Si el cliente empresario necesita deducir el IVA y exige factura completa, debes emitirla.
Cuando el cliente es de fuera de España
Las facturas a clientes de otros países de la UE o de fuera de la Unión tienen reglas propias: normalmente sin IVA, con el NIF-IVA del cliente y una mención específica. Las explicamos en facturar a clientes de la UE. Si eres autónomo en Canarias, mira facturar desde Canarias.
Novedades que afectan a tus facturas
- Código QR y sistemas verificables: los autónomos deberán tener su software de facturación adaptado a Verifactu antes del 1 de julio de 2027. Lo explicamos en Verifactu para autónomos.
- Factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales: se aplicará por fases según una orden ministerial pendiente. Mira factura electrónica obligatoria.
Errores frecuentes
- Saltarse números o repetir numeración dentro de una serie.
- No incluir el NIF o el domicilio del cliente en la factura completa.
- Calcular la retención sobre el total con IVA.
- Olvidar la mención de exención cuando la actividad está exenta de IVA.
- Emitir la factura tarde y declarar el IVA en un trimestre equivocado.
- Corregir una factura editándola en lugar de emitir una factura rectificativa.
- No conservar las facturas emitidas y recibidas durante el plazo de prescripción de cuatro años.
Preguntas frecuentes
¿Qué tiene que llevar una factura de autónomo?
Número, fecha, datos y NIF del emisor y del cliente, descripción, base imponible, tipo y cuota de IVA, y las menciones que apliquen. La lista completa está en el artículo 6 del Reglamento de facturación.
¿Cuándo debo emitir la factura?
En el momento de la operación, o antes del día 16 del mes siguiente si tu cliente es empresario o profesional.
¿Cuánto tiempo hay que conservar las facturas?
Al menos el plazo de prescripción tributaria, que es de cuatro años, y algunos registros mercantiles se conservan durante más tiempo.
¿Puedo hacer una factura sin IVA?
Solo si la operación está exenta o no sujeta, con la mención legal correspondiente. No puedes omitir el IVA porque el cliente lo pida.
¿Se puede emitir la factura en un documento de texto?
Sí, siempre que cumpla los requisitos. Con la llegada de Verifactu, la mayoría de autónomos usarán un programa de facturación. Los comparamos en mejores programas de facturación.
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Fuentes oficiales consultadas
- BOE: Real Decreto 1619/2012, Reglamento de obligaciones de facturación
- BOE: Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido
- Agencia Tributaria: IVA
- Agencia Tributaria: Sistemas informáticos de facturación y Verifactu
Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento profesional sobre tu caso concreto. Las cifras y los plazos pueden cambiar: contrástalos siempre con la fuente oficial.
